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Es importante destacar que el Arancel de Aduanas de Venezuela vigente es de fecha 25/04/24, contando a la presente con nueve (9) reformas, siendo la última de ellas de fecha 31/12/2025. En nuestro portal se encuentra el texto original y cada una de sus reformas, sin que al día de hoy haya sido ordenada la compilación en un único texto.
Al respecto, recomendamos siempre el análisis del Arancel y de sus reformas, cada vez que se va a consultar la clasificación, tarifa y restricción arancelaria de un bien, sin menoscabo de las exoneraciones de tarifa e IVA, así como de otras normas vinculadas a los regímenes aduaneros.
"Artículo 117 Ley Orgánica de Aduanas (Vzla.). La tarifa aplicable para la determinación del impuesto aduanero será fijada en el Arancel de Aduanas. En dicho Arancel, las mercancías objeto de operaciones aduaneras quedarán clasificadas así: gravadas, no gravadas, prohibidas, reservadas y sometidas a otras restricciones, registros u otros requisitos. La calificación de las mercancías dentro de la clasificación señalada solamente podrá realizarse a través del Arancel de Aduanas, siendo absolutamente nula la calificación que no cumpla con esta formalidad." Bloque Jurídico Hermético en doctrina aduanera.
Una asesoría aduanera y tributaria especializada, siempre será garantía de buenos resultados y evitará sanciones, así como pérdidas de beneficios arancelarios o tributarios.
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