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 El Servicio Aduanero como Ente Facilitador del Comercio Exterior**

 

  En mi experiencia profesional y docente en la rama jurídica aduanera, creo que no existe persona, sea ésta natural o jurídica, que producto de alguna actividad vinculada al comercio exterior, no le haya tocado vivir alguna experiencia desagradable en una aduana a consecuencia del alto grado de discrecionalidad atribuido por el ordenamiento jurídico a los órganos funcionarios que tienen la responsabilidad de interpretar y aplicar la normativa técnico-legal aduanera.

En el caso venezolano, específicamente, producto de haberse suscrito en el año 2.000 un Convenio con la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD), se implantó el Sistema Aduanero Automatizado (SIDUNEA), el cual tiene como misión fundamental garantizar la simplificación de procedimientos administrativos aduaneros, que conlleven a un expedito desaduanamiento de las mercancías, todo lo cual, se debe traducir en que el intercambio comercial se realice de forma más transparente, al amparo de un novísimo marco de reglas jurídico-aduaneras tendientes a desarrollar el comercio exterior y, de esta manera, se reduzca a su mínima expresión la discrecionalidad de los funcionarios aduaneros; esto aunado a la incorporación de un sistema automatizado integrado, que comprende el control de gestión en las operaciones aduaneras y, en consecuencia, alcanzar un incremento en la recaudación de los gravámenes aduaneros y demás tributos causados en aduanas, al contar el servicio aduanero con las herramientas adecuadas para prevenir y sancionar la comisión de ilícitos aduaneros.

En enero de 2.002, con la promulgación del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas relativo a la importación mediante procesos electrónicos, se definen las bases legales mediante las cuales el servicio aduanero podrá a través de procedimientos simples automatizar el registro, intercambio y procesamiento de datos, documentos y actos inherentes a la llegada, almacenamiento e introducción a título definitivo de mercancías, con la incorporación progresiva de las Gerencias de Aduanas Principales y Subalternas del país.

A la presente fecha, el Sistema Aduanero Automatizado (SIDUNEA) se ha implementado en las Gerencias de Aduanas Principales de La Guaira, Mérida, Puerto Cabello, Valencia y San Antonio del Táchira, de acuerdo al proceso de modernización y automatización progresivo del servicio aduanero.

Asimismo, en un trabajo conjunto desarrollado por personal técnico de UNTACD, la Oficina de Coordinación de la Modernización Aduanera y la Comisión Nacional de Aduanas de Consecomercio, han elaborado el nuevo Anteproyecto de Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas (en espera de su ejecútese por parte de la Presidencia de la República), el cual permite ampliar de una manera significativa el espectro jurídico de la modernización aduanera, al normar e incorporar al Sistema Aduanero Automatizado las operaciones aduaneras de Exportación y Tránsito, así como los servicios de Transbordo y Bultos postales, incluyendo la regulación legal de las empresas operadoras de mensajería internacional “Courier”, en su carácter de transportistas expresos de correspondencia, documentos y encomiendas.  

A partir de su promulgación, en las Aduanas donde se ha implementado el SIDUNEA, todos los procedimientos inherentes a estas operaciones y servicios que se incorporan, es decir, las declaraciones de aduana, localización o relocalización en depósitos o almacenes aduaneros, reconocimiento o aforo de mercancías, incluso aquellas que deban ser objeto de verificación física fuera de la zona primaria, se desarrollarán utilizando el Sistema Aduanero Automatizado.

Con la finalidad de propender a una efectiva transformación del servicio aduanero, que coadyuve en los procesos de expansión del sector industrial y comercial, con énfasis en los Regímenes Aduaneros Especiales, se han incorporado a la nueva normativa aduanera la simplificación de trámites y automatización de figuras jurídicas aduaneras tales como: la declaración de ingreso a Almacén General de Depósito o a Depósito Aduanero (In Bond); las declaraciones de equipajes acompañados de pasajeros, turistas y tripulantes, únicamente aquellas sometidas al pago de gravámenes aduaneros y otros tributos; las Provisiones de A Bordo; la Reposición con Franquicia Arancelaria, y la Sustitución de Mercancías.

Sin lugar a dudas, el esfuerzo mancomunado de organismos internacionales tales como UNCTAD y su programa SIDUNEA - SENIAT, y el apoyo irrestricto del Sector Privado, a través de la Comisión Nacional de Aduanas de Consecomercio, han permitido constatar un avance en el sendero promisorio hacia la efectiva modernización del servicio aduanero. No obstante, es necesaria la incorporación e irrestricta manifestación de voluntad de otros organismos públicos, tales como la Asamblea Nacional y el Tribunal Supremo de Justicia, a fin de garantizar el éxito absoluto del proyecto y poder, en un futuro no muy lejano, legar a aquellos que nos sucederán, un servicio aduanero eficiente y efectivamente facilitador del comercio exterior.   

Abg. Julio Rodrigo Carrazana Gallo**
Profesor de Postgrado en Derecho Tributario U.S.M.